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Finiquito: qué debe incluir, cómo se calcula y qué firmar

El finiquito es la liquidación de lo que la empresa te debe cuando termina el contrato, por el motivo que sea: despido, fin de contrato temporal o baja voluntaria. No es la indemnización, no implica aceptar nada y se puede comprobar con una calculadora. Aquí tienes qué debe incluir, cómo se calcula cada concepto y qué hacer si no cuadra.

Qué incluye (y qué no)

ConceptoQué es
Salario pendienteLos días trabajados del último mes que aún no se han cobrado
Vacaciones no disfrutadasLos días de vacaciones generados en el año y no tomados, pagados como salario
Pagas extraordinariasLa parte proporcional de las pagas extra devengada y no cobrada (si no están prorrateadas en la nómina)
Otros devengosHoras extra, comisiones, pluses o bonus pendientes
Indemnización por despidoNo es finiquito. Va en un concepto aparte y solo si procede (objetivo, improcedente, fin de contrato temporal)
Preaviso no respetadoSi la empresa no te preavisó en un despido objetivo (15 días), te abona esos días; si tú no preavisaste en una baja voluntaria, pueden descontártelos

Cómo se calcula cada parte

Salario diario

Salario bruto mensual dividido entre 30 (con el criterio de la mayoría de convenios; algunos usan los días naturales del mes). Si cobras pagas extra aparte, el salario diario a efectos de vacaciones y de indemnización incluye su prorrata: salario anual bruto (con pagas) dividido entre 365.

Vacaciones

Con 30 días naturales al año, generas 2,5 días por mes trabajado. Si causas baja el 15 de septiembre, has generado 8,5 meses × 2,5 = 21,25 días; si has disfrutado 10, te deben 11,25 días de salario. Con vacaciones en días laborables (22 al año), la proporción es 1,83 por mes.

Pagas extra

Cada paga se devenga a lo largo de seis meses (o doce, según convenio). Si la paga de Navidad se devenga de julio a diciembre y sales el 15 de septiembre, te corresponden 2,5 meses de los 6: el 41,7 % de la paga. Si tu nómina ya lleva las pagas prorrateadas, no hay nada que añadir.

Descuentos

Sobre el total bruto se aplican la cotización a la Seguridad Social y la retención de IRPF, como en una nómina. La indemnización por despido, en cambio, está exenta de IRPF hasta 180.000 euros y no cotiza.

Firmar: qué significa y cómo hacerlo

  • Firmar el finiquito acredita que recibes el documento y, si cobras, la cantidad. No significa que estés de acuerdo con el importe ni que renuncies a reclamar el despido, salvo que el documento lo diga expresamente.
  • Lee si contiene una frase tipo «con el percibo de esta cantidad el trabajador se considera saldado y finiquitado y renuncia a cualquier reclamación». Ese es el efecto liberatorio: los tribunales lo valoran con cautela, pero mejor no darle pie.
  • Escribe junto a tu firma «no conforme» y la fecha. Con eso cobras lo que te ofrecen y mantienes abierta la reclamación de lo que falte.
  • Tienes derecho a que un representante de los trabajadores esté presente en la firma, si lo hay en la empresa.
  • Si no estás seguro, no firmes en el acto: pide copia y llévatela. No pueden condicionar el pago a la firma.

Si no cuadra o no te lo pagan

  1. Pide por escrito el desglose y las nóminas del último año.
  2. Calcula lo que te corresponde. Un graduado social o un abogado laboralista lo hace en minutos; muchos sindicatos lo revisan gratis a sus afiliados.
  3. Reclama por escrito a la empresa la diferencia.
  4. Si no responden, papeleta de conciliación por reclamación de cantidad y, después, demanda en el juzgado de lo social. El plazo para reclamar cantidades es de un año; el del despido, de veinte días hábiles: son plazos distintos y la reclamación del finiquito no sustituye a la del despido.
  5. Si la empresa ha cerrado o es insolvente, el FOGASA cubre salarios e indemnizaciones pendientes dentro de unos límites, previo reconocimiento judicial de la deuda.

Errores frecuentes que detectar

  • Vacaciones calculadas sin contar el mes en curso o sin la parte proporcional de pagas.
  • Pagas extra «olvidadas» cuando no estaban prorrateadas.
  • Salario diario calculado solo con el salario base, sin complementos fijos.
  • Descuento de días de preaviso en un despido (el preaviso lo debe la empresa, no el trabajador).
  • Indemnización mezclada con el finiquito para que el total parezca mayor.

Preguntas frecuentes

¿El finiquito es lo mismo que la indemnización?

No. El finiquito es lo que te deben hasta el último día (salario, vacaciones, pagas extra pendientes) y se cobra siempre que termina un contrato. La indemnización solo procede en determinados despidos y va en un concepto aparte.

¿Cómo calculo las vacaciones del finiquito?

Con 30 días naturales al año generas 2,5 días por mes trabajado. Multiplica por los meses del año en curso, resta los días ya disfrutados y el resultado se paga a salario diario (con prorrata de pagas extra).

Si firmo el finiquito, ¿renuncio a reclamar el despido?

No, salvo que el documento contenga una renuncia expresa (saldo y finiquito, nada más que reclamar). Firma con «no conforme» y la fecha: cobras lo ofrecido y mantienes abierta la reclamación. El despido tiene su propio plazo de veinte días hábiles.

¿Cuánto plazo tengo para reclamar un finiquito mal calculado?

Un año para reclamar cantidades, mediante papeleta de conciliación y, si no hay acuerdo, demanda en el juzgado de lo social. Es un plazo distinto del de veinte días hábiles del despido.

La empresa ha cerrado y no me paga, ¿qué hago?

Reclama igualmente (conciliación y demanda) para que se reconozca la deuda; con esa resolución, el FOGASA abona salarios e indemnizaciones pendientes dentro de sus límites.

Esta guía es información general, revisada el 15 de octubre de 2026. No es asesoramiento jurídico: las normas y los criterios de los tribunales cambian, y cada caso tiene matices. Comprueba siempre los plazos en tu documento y, ante la duda, consulta con un profesional.

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