Actualidad

Bancos, hipotecas y préstamos ·

El tribunal supremo aclara los criterios sobre la comisión de apertura en préstamos

Te interesa si has contratado un préstamo personal o crédito al consumo, especialmente en concesionarios.

El Tribunal Supremo ha determinado que los criterios aplicados a las hipotecas sobre la comisión de apertura también son válidos para los préstamos personales y créditos al consumo. Esta comisión debe ser informada previamente, denominarse de forma expresa, cobrarse una sola vez y englobar todos los gastos de gestión. La sentencia establece que el importe debe analizarse según las estadísticas del Banco de España para cada tipo de préstamo. Aunque no existe un límite automático, el tribunal señala que una comisión superior al 3% podría considerarse excesiva, requiriendo un análisis individualizado de cada caso.

«Hasta ahora, las sentencias sobre esta comisión se referían a préstamos hipotecarios, pero ahora el Tribunal Supremo, en su sentencia 1147/2026, de 14 de julio, aclara que esos criterios son también aplicables a los préstamos personales y créditos al consumo.»

OCU: Comisión de apertura en préstamos personales, ¿abusiva?

Leer el texto original en OCU

Resumen elaborado automáticamente a partir de la fuente oficial y verificado contra ella. No es asesoramiento: consulta siempre el original.

La app está en camino

Descíframe está pendiente de publicación en las tiendas. Mientras tanto puedes usar la versión web desde el móvil: funciona igual, con la cámara incluida.